Contrastando, para los tres principios activos, la información de las evaluaciones de fármacos de Drugdex (1,2,3), resumimos la información siguiente:
- Oxcarbacepina.
- De acuerdo con la clasificación de la U.S. Food and Drug Administration (FDA) para el embarazo la oxcarbacepina tiene, en todos los trimestres de embarazo, la categoría C (Estudios en animales han mostrado efectos adversos en el feto -teratógenico, embriogénico o de otro tipo- y no hay estudios controlados realizados en mujeres, o bien , los estudios realizados en animales y en mujeres no son válidos. Se debe tomar el fármaco solo si los beneficios potenciales justifica el riesgo potencial sobre el feto).
- El Comité Australiano de Evaluación de Fármacos(ADEC) la clasifica con la D ( Fármacos que han causado, o se sospecha que han causado, o se puede esperar que causen, un incremento de la incidencia de malformaciones fetales o daños irreversibles).
- Se desconoce si cruza la barrera placentaria.
- Sobre el manejo clínico, los datos limitados sobre seguridad no demuestran una evidencia de toxicidad. Estudios de experimentación animal han demostrado que puede provocar toxicidad a dosis por vía oral similares a las máximas recomendadas en humanos. Dado que la estructura es similar a la carbamacepina, que es considerada teratógena en humanos, es probable que la oxcarbacepina sea teratógena en humanos. La utilización de la oxcarbacepina durante el embarazo estaría justificada solo cuando los beneficios potenciales superen a los riesgos potenciales sobre el feto.
- De acuerdo con la clasificación de la U.S. Food and Drug Administration (FDA) para el embarazo la oxcarbacepina tiene, en todos los trimestres de embarazo, la categoría C (Estudios en animales han mostrado efectos adversos en el feto -teratógenico, embriogénico o de otro tipo- y no hay estudios controlados realizados en mujeres, o bien , los estudios realizados en animales y en mujeres no son válidos. Se debe tomar el fármaco solo si los beneficios potenciales justifica el riesgo potencial sobre el feto).
- Lorazepam.
- La FDA la clasifica como D para todos los trimestres del embarazo (Hay una evidencia positiva de riesgo para el feto humano, pero los beneficios de su empleo en mujeres gestantes puede ser aceptable a pesar del riesgo).
- El ADEC le otorga la categoría C (Fármacos que, por sus propiedades farmacológicas, han causado, o se puede sospechar que causen, efectos dañinos sobre el feto humano, o sobre el neonato, sin que originen malformaciones)
- Como todas las benzodiacepinas atraviesan la barrera placentaria.
- Manejo clínico:el empleo de lorazepam durante el embarazo no está recomendado. Si el embarazo se produce en mujeres con un empleo crónico de este fármaco, la paciente debe ser advertida de lo conveneinte de suspender su administración y de las posibles consecuencias para el feto. Otras benzodiacepinas, como diazepam o clodiazepóxido pueden ser preferibles, si el empleo de una benzodiacepina no pudiera ser evitado. Si se administra, debe hacerse como monoterapia, en las dosis más bajas posibles, durante el tiempo menor posible y en dosis fraccionadas para evitar picos elevados de concentraciones.
- Clomipramina.
- La FDA le otorga una categoría C.
- Para el ADEC también es una categoría C (mirar en los apartados previos el significado de la clasificación C, que no es exactamente igual en los dos comités).
- Cruza la barera placentaria.
- Manejo clínico:debido a efectos teratogénicos informados con otros antidepresivos tricíclicos, el empleo de clomipramina durante el embarazo debe ser evitado, si es posible, especialmente durante el primer trimestre. Los riesgos de no tratar una depresión mayor, sin embargo, son obvios y en cada caso estos peligros deben ser valorados versus los efectos potenciales teratógenos.
- La FDA le otorga una categoría C.