En base a la información consultada, en el caso de que fuese necesario realizar una citología en una mujer gestante, esta prueba se podría realizar en cualquier momento de la gestación. Lo que se ha evidenciado al realizar la búsqueda es la controversia que muestran los documentos consultados en cuanto a si estaría indicado o no realizar una citología para el cribado del cáncer de cuello de útero durante el embarazo (en el caso de que siguiendo el programa de cribado coincidiese la próxima citología con el estado de gestación de la mujer) o sería recomendable esperar a realizar la prueba tras el parto.
La guía de práctica clínica (GPC)(1) sobre la atención al embarazo normal que publica Guíasalud plantea, respecto a la realización de una citología cervicovaginal para el cribado del cáncer cervical en mujeres gestantes, que:
- “Ante la ausencia de ECA sobre la utilidad de realizar un cribado de cáncer de cérvix a las gestantes, los resultados modestos de los estudios observacionales, el impacto de los resultados falsos positivos y el hecho de que la calidad de la muestra de células tomada en una citología durante el embarazo puede perder fiabilidad, las recomendaciones europeas(2) sobre el cribado y diagnóstico de cáncer de cérvix, desaconsejan el cribado durante este periodo”.
- “En esta guía de práctica clínica se recomienda que la citología debería posponerse en mujeres embarazadas con un resultado negativo previo hasta 6 u 8 semanas tras el parto, salvo en los casos en los que los resultados de la última citología tengan más de 5 años o se dude de la participación de la mujer en un programa de cribado”.
- “La citología solamente debería realizarse en el caso de que una mujer con un resultado anormal se quede embarazada en el intervalo entre dos controles”.
No se hace mención en el documento a cuál sería el trimestre más adecuado para realizar una citología, en el caso de que esta se considerase necesaria.
No obstante, el resto de GPC consultadas (todas realizadas fuera de nuestro contexto sanitario)(3-7) que hacen mención a la realización de una citología cervicovaginal para el cribado del cáncer cervical en mujeres gestantes coinciden en que la citología se realizaría siguiendo la periodicidad que establece el programa de cribado independientemente del estado gestacional de la mujer.
También el sumario de evidencia de Uptodate sobre el cribado del cáncer cervical(8) sugiere que el embarazo no es motivo para cambiar la secuencia periódica de detección del cáncer de cuello de útero, aunque el manejo de una prueba anormal es diferente en las mujeres embarazadas.
De estos documentos se desprende que la realización de la citología se realizaría cuando correspondiese según el programa, independientemente del trimestre del embarazo en el cual se encuentra la mujer.
Por otra parte, la búsqueda en las base de datos de estudios no ha identificado publicaciones en las que se describan contraindicaciones o resultados obstétricos adversos relacionados con la realización de una citología en un trimestre determinado.