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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Gestación .
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Existe una revisión más reciente de esta respuesta (22/11/2022)

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

¿Están contraindicados los viajes en avión durante el embarazo?, ¿y en gestantes con antecedentes de abortos de repetición? La pregunta original del usuario era "Mujer joven con antecedente de abortos de repetición que actualmente presenta un embarazo con adecuada evolución que tiene pendiente un viaje de avión de 10 horas. ¿Están contraindicados los viajes en avión durante el embarazo?"

En base a la información obtenida de guías de práctica clínica y sumarios de evidencia los viajes en avión, aún de larga duración, no están contraindicados en mujeres con gestaciones no complicadas hasta las 36 semanas de gestación. En los documentos revisados no encontramos que el antecedente de abortos de repetición sean una contraindicación concreta a viajar en avión y no se han localizado estudios en los que se analice el riesgo de volar en avión en mujeres embarazadas con antecedentes de abortos de repetición.

En la guía de práctica clínica (GPC) de NICE sobre la atención prenatal a la embarazada sana(1) encontramos que:

  • La trombosis venosa profunda (TVP) es una posible complicación del embarazo y se ha sugerido que este riesgo está incrementado en una mujer embarazada durante un un viaje en avión (atribuido principalmente a la inmovilidad).
  • Los viajes comerciales son normalmente seguros para la mujer embarazada y su feto.
  • En general, las mujeres con una gestación simple y no complicada puede volar distancias largas hasta las 36 semanas de gestación y, después de las 28 semanas de gestación, deberían portar un informe de su médico o matrona que confirmase su adecuado estado de salud, la normalidad de su gestación y la fecha probable de parto. En este punto añade la guía que algunas compañías aéreas requieren una autorización médica para las mujeres embarazadas en las que el parto se espera en menos de 4 semanas después de la fecha de salida o si es posible alguna complicación en el parto.
  • Como recomendación se establece que las mujeres embarazadas deben ser informadas de que los viajes aéreos de larga duración se asocian con un mayor riesgo de trombosis venosa, aunque no está claro si existe o no un riesgo adicional durante el embarazo. En la población general, el uso correcto de medias de compresión es eficaz para reducir el riesgo.

En un sumario de evidencia de Uptodate(2) sobre la evaluación previa de un paciente antes de realizar un vuelo se indica respecto al embarazo:

  • El transporte aéreo no se considera un riesgo para el embarazo normal, y no existe una política oficial con respecto a los miembros de la tripulación o las pasajeras embarazadas.
  • La hemoglobina fetal tiene una alta afinidad por el oxígeno, y el feto por lo general no presenta riesgo debido al ambiente hipóxico de la cabina.
  • El American College of Obstetricians and Gynecologists no recomienda restricciones en cuanto a volar en las mujeres con embarazos sin complicaciones de menos de 36 semanas de gestación, pero recomienda evitar viajar en avión después de las 36 semanas.
  • En el caso de gestantes con riesgo de parto prematuro (por ejemplo, con historia previa de parto prematuro, embarazo múltiple, o incompetencia del cuello uterino), con reducida capacidad de transporte de oxígeno en la sangre  (como anemia severa), con una condición que disminuya la reserva respiratoria de la placenta (por ejemplo, retraso del crecimiento intrauterino, infarto placentario), o con embarazo que sea considerado de alto riesgo (por ejemplo, con preeclampsia o placenta previa), probablemente no deberían volar. Estas consideraciones son similares a las recomendaciones descritas en otra GPC sobre las condiciones médicas para el viaje en avión(3).
  • Se ha de tener en cuenta además que la obstrucción de la vena cava por la compresión del útero y la alteración de los factores de coagulación, en combinación con la inmovilidad y la deshidratación aumentan el riesgo de TVP en la pasajera embarazada. Se debe aconsejar deambular cada hora o dos hora y seguir otras recomendaciones para la prevención de TVP: evitar ropa ajustada, mantener una hidratación adecuada, flexionar y extender los tobillos y las rodillas periódicamente, cambiar con frecuencia de postura al estar sentada, evitar cruzar las piernas, evitar factores que favorezcan la inmovilidad (bebidas alcohólica, fármacos sedantes) y usar medias de compresión por debajo de la rodilla.

En un documento de consenso del Royal College of Obstetricians and Gynaecologists(4) también se concluye que no hay indicación de contraindicar un viaje en avión en una mujer con un embarazo no complicado y sin factores de riesgo, médicos u obstétricos, de posible complicación. Sin embargo, dadas las posibles dificultades asociadas a un parto durante el vuelo, parece prudente evitar volar a partir de las 37 semanas en un embarazo no complicado simple y a partir de las 34 semanas en un embarazo no complicado múltiple. Establece como condiciones médicas que pueden ocurrir durante el embarazo y que contraindicarían realizar un viaje en avión:

  • Anemia severa con hemoglobina menor de 7,5 g/dl.
  • Fractura inestable, y particularmente es peligroso si la paciente lleva un yeso.
  • Hemorragia reciente.
  • Otitis media y sinusitis.
  • Enfermedad respiratoria grave.
  • Crisis falciforme reciente.
  • Reciente cirugía gastrointestinal.

Referencias (4):

  1. Antenatal care: routine care for the healthy pregnant woman. National Institute for Health and Clinical Excellence - Clinical Guidelines (UK), 2008. [https://www.nice.org.uk/guidance/cg62/evidence/full-guideline-pdf-196748323] [Consulta: 10/11/2010]
  2. Prout M, Pine JR. Preflight patient assessment. In: UpToDate, Rose, BD (Ed), upToDate,Waltham, MA, 2010.
  3. Aerospace Medical Association Medical Guidelines Task Force. Medical Guidelines for airline travel.2nd Edition.May 2003. [http://www.asma.org/pdf/publications/medguid.pdf] [Consulta: 10/11/2010]
  4. Air travel and pregnancy. Scientific Advisory Committee Opinion Paper 1. Royal College of Obstetricians and Gynaecologists, 2008.

Estas referencias son del tipo:

  1. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  2. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  3. Sumario de evidencia: 1 referencia
  4. Capítulo de libro: 0 referencia
  5. Guías de práctica clínica: 2 referencias
  6. Consenso de profesionales: 1 referencia
  7. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  8. Ensayos clínicos: 0 referencia

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Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. ¿Están contraindicados los viajes en avión durante el embarazo?, ¿y en gestantes con antecedentes de abortos de repetición? Murciasalud, 2010. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/18410

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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