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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Oncología, Salud de la mujer, Prevención y promoción de la salud .
La información ofrecida puede no estar actualizada (es posible que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada).

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

¿Cuál debe ser la frecuencia de la citología vaginal en una paciente tras una conización por un diagnóstico de CIN 3?

En una pregunta previa formulada al servicio PREEVID (Ver enlace más abajo) se puede encontrar información sobre el seguimiento recomendado en mujeres diagnosticadas de CIN 3 con afectación en los márgenes de las lesiones. De la revisión de los documentos de esta pregunta, y de la actualización de la búsqueda de otra pregunta previa sobre el cribado de cáncer de cérvix, hemos seleccionado guías de práctica clínica recientes(1-5) que establecen recomendaciones sobre el seguimiento tras una conización en pacientes diagnosticadas de una Neoplasia Intraepitelial de cuello de útero en grado 3 (CIN 3).

Una de las guías revisadas(4) recomienda realizar seguimiento anualmente mediante citología cervico vaginal; mientras que las otras mantienen el seguimiento más estrecho durante el primer o segundo año;  y, si los resultados fueran normales, espaciar  de acuerdo a los programas de cribado de rutina en esa zona. Todas las guías recomiendan, en esta situación clínica, mantener el cribado a largo plazo (durante 20 años) aunque ello suponga realizar las citologías a una edad superior a  los 65 años .

La guía actualizada más recientemente recomienda(1) que:

  • Si no están afectados los márgenes de la lesión:​
    • En mujeres tratadas con escisión de la lesión por el diagnóstico de CIN 2, CIN 3, or CIN 2-3 , realizar dos pruebas (test de virus de papiloma humano y citología cervico-vaginal de forma simultánea) a los 12 y a los 24 meses ( BII)*.
      • Si ambas pruebas son negativas, se recomienda reevaluar a los tres años con las dos pruebas citadas (BII)*.
      • Si alguna de las pruebas da un resultado alterado, se recomienda realizar una colposcopia con toma de muestra endocervical (BII)*.
      • Si todas las pruebas fueran negativas se recomienda el cribado de rutina al menos durante 20 años, incluso aunque se extienda el cribado más allá de los 65 años de edad (CIII)*.
  • Si se identifican lesiones tipo CIN 2, CIN 3, or CIN 2-3 en los márgenes de la conización se recomienda: Reevaluar realizando una citología con muestra endocervical a las 4 y 6 meses tras el tratamiento (BII)*. Se considera aceptable repetir un procedimiento de escisión (CIII)*. La histerectomía es aceptable si no es posible realizar un nuevo procedimiento diagnóstico (CIII)*.
  • La guía canadiense, actualizada igualmente en 2012(2), recomienda en el seguimiento de mujeres tratadas con escisión (conización) tras el diagnóstico de CIN 2 ó 3 , como aceptable cualquiera de las dos opciones siguientes:
    • Realizar citología con colpospia a intervalos de 6 meses durante dos visitas. Si ambas son negativas, podrían incorporarse al programa de cribado de rutina que se realizace en su ámbito territorial (II-2B)*  .
    • Realizar prueba de virus de papiloma humano combinada con citología cada 6 meses durante dos visitas. Si ambas son negativas, podrían incorporarse al programa de cribado de rutina que se realizace en su ámbito territorial (II-2B)*.
    • Las mujeres que tengan márgenes positivos deben realizarse un seguimiento con colposcopia y biopsias directas y/o curetaje endocervical (II-1B)*. El tratamiento de lesiones recurrentes o persistentes CIN 2 o 3 debe ser realizado con escisión de la lesión (conización) ( II-1B)* .

*Ver grados de recomendaciones y calidad de la evidencia en el texto completo de la guía.

Referencias (5):

  1. Massad LS, Einstein MH, Huh WK, Katki HA, Kinney WK, Schiffman M, Solomon D, Wentzensen N, Lawson HW; 2012 ASCCP Consensus Guidelines Conference. 2012 updated consensus guidelines for the management of abnormal cervical cancer screening tests and cancer precursors. J Low Genit Tract Dis. 2013 Apr;17(5 Suppl 1):S1-S27 [DOI 10.1097/LGT.0b013e318287d329] [Consulta: 13/08/2013]
  2. Bentley J. Colposcopic management of abnormal cervical cytology and histology. J Obstet Gynaecol Can. 2012 Dec;34(12):1188-202. [DOI 10.1016/S1701-2163(16)35468-8] [Consulta: 13/08/2013]
  3. U.S. Preventive Services Task Force. Screening for cervical cancer: U.S. Preventive Services Task Force recommendation statement. Ann Intern Med. 2012 Jun 19;156(12):880-91
  4. Guideline for Screening for Cervical Cancer. Toward Optimized Practice. 2011
  5. American College of Obstetricians and Gynecologists (ACOG). Screening for cervical cancer. Washington (DC): American College of Obstetricians and Gynecologists (ACOG); 2012 Nov. 17 p. (ACOG practice bulletin; no. 131).

Estas referencias son del tipo:

  1. Guías de práctica clínica: 5 referencias
  2. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  3. Sumario de evidencia: 0 referencia
  4. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  5. Capítulo de libro: 0 referencia
  6. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  7. Ensayos clínicos: 0 referencia
  8. Consenso de profesionales: 0 referencia

Más Información

Preguntas relacionadas

Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. ¿Cuál debe ser la frecuencia de la citología vaginal en una paciente tras una conización por un diagnóstico de CIN 3? Murciasalud, 2013. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/19592

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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