Se ha encontrado una Guía de Práctica Clínica revisada por los CDC en el 2002(1) que menciona la actuación a seguir en gestantes portadoras de estreptococo del grupo beta hemolítico (EGB) al margen de la aplicación de antibioterapia durante el momento del parto. En las recomendaciones consta: "...En ausencia de infección urinaria por EGB el tratamiento antimicrobiano no debe ser aplicado antes del período intraparto." "En la Colonización por EGB el tratamiento no es efectivo para eliminar la condición de portadora ó para prevenir la infección en neonatos y puede causar efectos adversos". La recomendación inicial de la misma guía es que "todas las gestantes deben realizarse entre la semana 35 y la 37 de la gestación un cultivo vaginal y rectal para colonización de EGB. En el momento del parto ó ante rotura de membranas, debe ser realizada la profilaxis intraparto a toda mujer identificada como portadora de EGB."
En el mismo sentido: indicación de profilaxis intraparto son las recomendaciones incluidas en los documentos localizados de los que seleccionamos algunos de los más significativos:
Una revisión sistemática de la Librería Cochrane,con la última corrección importante de 1999(2) y traducida al castellano, concluye que el tratamiento con antibióticos durante el parto a mujeres colonizadas con estreptococos del grupo B parece disminuir la infección neonatal.
Un estudio de cohorte retrospectivo en una población amplia de USA publicado en el año 2002(3) concluye que el cribado de rutina durante el embarazo y la profilaxis intraparto posterior a las mujeres con resultado positivo para EGB previene más casos de enfermedad neonatal precoces que la aproximación basada exclusivamente en riesgo.
En nuestro país la guía de consenso de profesionales de las sociedades de Neonatología y de Obstetricia y Ginecología redactada en 1998(4) recomendaba "practicar un cultivo vaginorectal (o un cultivo vaginal y otro rectal) entre las 35 y 37 semana de gestación a todas las mujeres embarazadas y administrar antibióticos intraparto por vía endovenosa a todas las mujeres identificadas como portadoras vaginales o rectales durante la gestación" .Una revisión posterior de este mismo documento(5) se ratifica en la misma recomendación de terapia intraparto, sin que conste referencia al tratamiento en el mismo momento de la detección.