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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Endocrinología, Salud de la mujer, Uso Racional Medicamentos .

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

Anticonceptivo de elección en la paciente con hipertrigliceridemia. La pregunta original del usuario era "En una paciente que toma anticonceptivos orales y en la analítica de control tiene cifras de triglicéridos de 400, ¿hay algún tipo de anticonceptivo que no tenga este efecto secundario?. " Contraceptive of choice in the patient with hypertriglyceridemia.

Según la documentación consultada, el aumento aislado de los triglicéridos no constituye una contraindicación para el uso de anticonceptivos hormonales. En caso de coexistir con otros factores de riesgo cardiovascular (FRCV) algunos documentos contraindican el uso de anticonceptivos hormonales combinados. El dispositivo intrauterino (DIU) de cobre sería, en cualquiera de los casos, el método de elección en las pacientes con aumento de los triglicéridos.

Los criterios de elegibilidad de las diferentes guías de práctica clínica consultadas coinciden en que el DIU de cobre es el método con el que no existirían restricciones de uso en las pacientes con dislipemia.

  • Según los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades  estadounidenses(1), en las pacientes con múltiples factores de riesgo para enfermedad cardiovascular (FRCV; entre los que se incluyen la elevación de los triglicéridos) el DIU de cobre tiene categoría 1; el DIU liberador de levonorgestrel, los implantes de progesterona categoría y la píldora de solo progesterona categoría 2; el acetato de medroxiprogesterona depot categoría 3; los anticonceptivos hormonales combinados categoría 3/4 (ver abajo las categorías para el uso de anticonceptivos). 
  • La Organización Mundial de la Salud(2) establece 2 situaciones diferentes:
    • En las pacientes con múltiples FRCV el DIU de cobre tiene categoría 1; el DIU liberador de levonorgestrel, los implantes de progesterona y la píldora de solo progesterona categoría 2; el acetato de medroxiprogesterona depot 3; los anticonceptivos hormonales combinados categoría 3/4.
    • En las pacientes con dislipemia conocida pero sin otros FRCV el DIU de cobre tiene categoría 1 y el resto de métodos categoría 2.
  • También se diferencian estas 2 situaciones en las recomendaciones británicas(3):
    • En las pacientes con múltiples FRCV el DIU de cobre tiene categoría 1; el DIU liberador de levonorgestrel, los implantes de progesterona y la píldora de solo progesterona categoría 2; el acetato de medroxiprogesterona depot 3 y los anticonceptivos hormonales combinados categoría 3.
    • En las pacientes con dislipemia conocida pero sin otros FRCV el DIU de cobre tiene categoría 1 y el resto de métodos categoría 2.

La GPC sobre anticoncepción incluida en el catálogo de Guiasalud(4) menciona que, aunque los anticonceptivos orales combinados y de acetato de medroxiprogesterona pueden aumentar los niveles de triglicéridos, colesterol o de las lipoproteínas de muy baja densidad, esta alteración parece ser transitoria y su impacto clínico no sería relevante. En cuanto a la elección del anticonceptivo solo refiere que algunos criterios de elegibilidad contemplan que no deberían usarse anticonceptivos hormonales combinados en ciertas pacientes con dislipemia.

[Las categorías para el uso de anticonceptivos son:
1= Puede usarse sin restricción.
2= Generalmente puede usarse. Los beneficios superan los riesgos.
3= Los riesgos habitualmente superan los beneficios. Solo debería emplearse si no pueden utilizarse otros medios.
4= Conllevan un riesgo inaceptable y no deberían usarse.]

Referencias (4):

  1. CDC [Internet]. US Medical Eligibility Criteria (US MEC) for Contraceptive Use, 2016. [Consultado el 25 de enero de 2023] [https://www.cdc.gov/reproductivehealth/contraception/mmwr/mec/summary.html] [Consulta: 25/01/2023]
  2. Medical Eligibility Criteria for Contraceptive Use. 5th ed. Geneva: World Health Organization; 2015. [http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/181468/1/9789241549158_eng.pdf?ua=1] [Consulta: 25/01/2023]
  3. FSRH [Internet]. UK Medical Eligibility Criteria for Contraceptive Use. UKMEC 2016 (amended September 2019) [Consultado el 25 de enero de 2023] . [https://www.fsrh.org/documents/ukmec-2016/] [Consulta: 25/01/2023]
  4. Grupo de trabajo de la Guía de Práctica Clínica de Anticoncepción Hormonal e Intrauterina. Guía de Práctica Clínica de Anti-concepción Hormonal e Intrauterina. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud; 2019. Guías de Práctica Clínica en el SNS. [https://portal.guiasalud.es/gpc/anticoncepcion/] [Consulta: 25/01/2023]

Estas referencias son del tipo:

  1. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  2. Sumario de evidencia: 0 referencia
  3. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  4. Capítulo de libro: 0 referencia
  5. Guías de práctica clínica: 4 referencias
  6. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  7. Ensayos clínicos: 0 referencia
  8. Consenso de profesionales: 0 referencia

Preguntas relacionadas

Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. Anticonceptivo de elección en la paciente con hipertrigliceridemia. Murciasalud, 2023. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/25027

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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