La retinopatía hipertensiva es una de las complicaciones de la hipertensión arterial (lesión de órgano diana) descrita en todas las guías de práctica clínica (GPC)(1-6) y sumarios de evidencia(7-11) consultados; también en un documento de consenso realizado en nuestro contexto sanitario(12).
En muchos de estos documentos, en la evaluación inicial de todo paciente hipertenso se incluye la realización de un fondo de ojo para valorar la existencia de retinopatía hipertensiva(1,6,7,9-11); en dos de las GPC, en cambio, se sugiere su realización en caso de hipertensión de grado 2 ó 3(4,5), en pacientes con hipertensión y diabetes(5) y en caso de urgencias y emergencias hipertensivas(4). Sin embargo, en ninguno de los documentos encontramos mención a la periodicidad con que se debería repetir esta evaluación tras la exploración inicial. Tampoco se identifican estudios que comparen los resultados clínicos de diferentes estrategias de seguimiento con oftalmoscopia en pacientes hipertensos.
Entendemos que la frecuencia de la monitorización con oftalmoscopia dependerá de los hallazgos encontrados en la prueba inicial y de la evolución clínica del paciente.
En una de las GPC más recientes(4) se indica que la exploración del interior del ojo por medio del oftalmoscopio es una prueba clínica simple destinada a detectar la retinopatía hipertensiva, aunque la reproducibilidad interobservador e intraobservador es limitada. En esta guía se considera que es una prueba particularmente importante en las urgencias y emergencias hipertensivas para detectar hemorragia retiniana, microaneurismas y papiledema en pacientes con hipertensión acelerada o maligna. Añade que esta exploración debería realizarse en pacientes con hipertensión de grado 2, idealmente por profesionales experimentados o técnicas alternativas que permiten visualizar el fondo de ojo (cámaras de fondo de ojo digitales).