La revisión realizada, en Febrero del 2007, por el Programa de Vacunas de la Consejería de Sanidad de la Región de Murcia(1) es clara en cuanto a la indicación y seguridad de la administración de la vacuna tétanos-difteria en la mujer gestante. Indica que la vacunación debe considerarse en caso de ser necesario y con las siguientes pautas, al atender a una gestante con una herida potencialmente tetanígena:
- En el caso de que refiera no haber recibido ninguna dosis o sea incierto el calendario vacunal, se le administrará 1 dosis de vacuna en el momento de la consulta, una segunda 1 mes más tarde (como mínimo 2 semanas antes de la fecha prevista de parto) y la tercera a los 6-12 meses de la segunda. 12 meses más tarde recibirá una cuarta dosis y 24 meses más tarde una quinta dosis.
- En el caso de referir una o dos dosis previas, recibirá 2 dosis separadas por 1 mes (la segunda como mínimo 2 semanas antes de la fecha prevista de parto). La cuarta y la quinta, si precisa, como en el párrafo anterior.
- Si ha recibido 3 ó 4 dosis en cualquier momento de la vida:se administrará una dosis de vacuna excepto que haga menos de 12 meses tras la recepción de la última dosis vacunal. La cuarta y/o la quinta dosis, si precisa, como en el apartado anterior.
- Si ha recibido 5 dosis, no precisará ningún recuerdo, aunque se puede plantear una dosis extra de vacuna si han transcurrido más de 5 años desde la última dosis.
- En el caso de heridas limpias, se aprovechará el periodo postparto para iniciar o completar la vacunación antitetánica-antidiftérica.
La indicación de vacunar con la vacuna tétanos-difteria durante el embarazo, si no hay seguridad sobre la inmunización previa, está recogida en el Programa de Actividades Preventivas y de Promoción de la Salud (PAPPS) de la Sociedad Española de Medicina de Familia, actualizado en el 2007 (2), y en las Guías preventivas de vacunación de los Centers for Disease Control and Prevention (CDC), revisadas en el 2006(3).
El PAPPS (2)recomienda actualizar, o en su caso iniciar, la vacunación a todas las gestantes en el séptimo mes de gestación.
En la Guía de los CDC(3) sobre la seguridad de la vacuna, se señala:
- Como contraindicación de la vacuna el antecedente de una reacción alérgica severa (por ejemplo anafilaxia) a algún componente de la misma.
- Se recomienda precaución, y diferir la vacunación, si coexiste una enfermedad activa o en el caso de un Síndrome de Guillain-Barré de comienzo en las 6 semanas, o menos, de administrar una dosis de vacuna del tétanos.
- Aunque no existe evidencia de que el toxoide del tétanos, ni el de la difteria sean teratógenos, parece una precaución razonable esperar para su administración hasta el segundo trimestre de la gestación; minimizando así cualquier preocupación sobre las posibilidades teóricas de este tipo de reacciones.