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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Salud de la mujer .
La información ofrecida puede no estar actualizada (es posible que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada).

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

¿Cuál es la recomendación en cuanto a duración de tratamiento con tibolona en mujeres postmenopáusicas?

La búsqueda realizada en las bases de datos habituales (incluyendo buscadores genéricos como Google Académico) no ha localizado guías de práctica clínica, sumarios de evidencia o  documentos de consenso en los cuales se especifique la duración recomendada para el tratamiento con tibolona. En general, en los documentos consultados se establece que este fármaco solamente estaría indicado en mujeres postmenopáusicas con síntomas vasomotores que afectan negativamente a la calidad de vida y utilizando la mínima dosis efectiva y el mínimo tiempo necesario.

Tan sólo encontramos, en una nota informativa, publicada por la Agencia española de medicamentos y productos sanitarios (AEMPS) en 2008 sobre la terapia hormonal (TH) en la menopausia(1), que “los riesgos de la TH aumentan con la duración del tratamiento y con la edad, por ello, tal como recomienda la ficha técnica, el tratamiento deberá ser a corto plazo (por ejemplo, durante 2 ó 3 años)”. Esta recomendación sobre la TH se especifica sería aplicable a preparados orales, parches transdérmicos, y tibolona.

La ficha técnica del producto que publica la AEMPS(2) únicamente indica que la duración del tratamiento debe ser lo más corta posible y que “deberá realizarse una evaluación detallada de los beneficios y riesgos a todas las mujeres a lo largo del tratamiento y al menos anualmente y el tratamiento con tibolona se mantendrá únicamente en aquellos casos en los que los beneficios superan los riesgos”.

En una guía de práctica clínica(3), aunque publicada en 2004, se señala que no se recomienda (grado de recomendación B*) el tratamiento con tibolona a medio-largo plazo, debido al aumento de riesgo de cáncer de mama.

* Ver en texto completo de la guía.

Referencias (3):

  1. Nota informativa sobre terapia hormonal en la menopausia: actualización de la información. Agencia española de medicamentos y productos sanitarios, octubre 2008. [http://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/medicamentosUsoHumano/seguridad/2008/docs/NI_2008-16_terapia_hormonal.pdf] [Consulta: 16/06/2014]
  2. Ficha técnica de Boltin. Agencia española de medicamentos y productos sanitarios, diciembre 2009. [http://www.aemps.gob.es/cima/pdfs/es/ft/60100/FT_60100.pdf] [Consulta: 16/06/2014]
  3. Grupo de trabajo de menopausia y postmenopausia. Guía de práctica clínica sobre la menopausia y postmenopausia. Barcelona: Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, Asociación Española para el Estudio de la Menopausia, Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria y Centro Cochrane Iberoamericano; 2004.

Estas referencias son del tipo:

  1. Guías de práctica clínica: 1 referencia
  2. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  3. Sumario de evidencia: 0 referencia
  4. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  5. Capítulo de libro: 0 referencia
  6. Alertas farmacológicas: 1 referencia
  7. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  8. Ensayos clínicos: 0 referencia
  9. Ficha técnica de medicamento.: 1 referencia
  10. Consenso de profesionales: 0 referencia

Más Información

Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. ¿Cuál es la recomendación en cuanto a duración de tratamiento con tibolona en mujeres postmenopáusicas? Murciasalud, 2014. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/20011

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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