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Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
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Incluida en el banco de preguntas el . Categorías: Enfermedades Infecciosas .
La información ofrecida puede no estar actualizada (es posible que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada).

Health professionals Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia

¿Qué restricciones puede tener un paciente con tuberculosis respiratoria para viajar al extranjero ? La pregunta original del usuario era "¿Qué restricciones puede tener un paciente con tuberculosis respiratoria, en tratamiento actualmente, para viajar al extranjero ?" What restrictions can a patient with respiratory tuberculosis have to travel abroad?

Las únicas restricciones encontradas en relación a  pacientes en tratamiento por una tuberculosis pulmonar (TBP), referidas a viajes en avión, es la de que sean negativos para Mycobacterium tuberculosis en dos muestras de esputo consecutivas. En función de la situación epidemiológica y de la lesgislación de los países a los que vaya a viajar, puede ser necesarios determinados requisitos que convendrá revisar en la información que el Ministerio de Sanidad ofrece para viajes internacionales (Ver en estos enlaces: https://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/viajesInter/home.htm y en https://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/consejos.htm#antes.)

De una guía de práctica clínica de la Organización Mundial de la Salud publicada en 2008 sobre la prevención de la TBP en viajes en avión (1), destacamos que:

  • Define como TBP no infecciosa para los viajes en avión todos los casos de TBP que tuvieran dos muestras consecutivas de esputo negativas (no son bacilíferos) y con cultivo negativo (si hay cultivo disponible). Los pacientes con TBP multiresistente a fármacos o extremadamente multiresistentes se considerarán no infecciosos si hay evidencia de una respuesta clínica al tratamiento y dos resultados consecutivos negativos del cultivo de esputo que hayan  sido obtenidos al menos 6 semanas después de comenzar la incubación. Si no se cumplen esas condiciones los pacientes con TBP serían considerados como infecciosos o potencialmente infecciosos.
  • Las personas con TBP infecciosa, o potencialmente infecciosa no deben viajar en transporte aéreo comercial en un vuelo de ninguna duración. Se debe advertir a las personas que se conoce que tienen TBP infecciosa o potencialmente infecciosa que no viajen en un avión comercial hasta que ya no exista el riesgo de transmitir la infección a otros, es decir, hasta que no sean infecciosas. Si, en circunstancias excepcionales, el viaje en un vuelo corto es esencial mientras una persona sigue siendo infecciosa, no se deben usar transportes comerciales u otros medios de transporte público. Se debe considerar el transporte privado alternativo (por ejemplo, transporte en ambulancia terrestre, ambulancia aérea, transporte privado). Si el uso de transportes comerciales es inevitable (por ejemplo, transferencia a un establecimiento de atención Hospitalario), se debe acordar previamente un protocolo de viaje específico entre las autoridades de salud pública y las líneas aéreas involucradas en los países de salida, llegada y cualquier punto de tránsito y ser aplicado estrictamente.
  • Los médicos deben informar a todos los pacientes con TBP infecciosa o potencialmente infecciosa que representan un riesgo de infección para los demás, especialmente aquellos con quienes están en contacto cercano durante períodos prolongados. Los médicos deben informar a estos pacientes que no deben viajar en ningún medio de transporte aéreo público ni en ningún otro medio de transporte público, siempre que se les considere infecciosos o potencialmente infecciosos .
  • Si los pacientes tuvieran intención de viajar en contra de este consejo,  debe ser informada  la autoridad de salud pública apropiada para tomar cualquier acción necesaria, potencialmente junto con la línea aérea, de acuerdo con la legislación nacional.
  • Es importante conocer la existencia de un Reglamento Sanitario Internacional (RSI) aprobado en 2005 y legalmente vinculante para 194 Estados en todo el mundo (incluidos todos los Estados Miembros de la OMS) y que  tiene como propósito y alcance "prevenir, proteger, controlar y brindar una respuesta de salud pública a la propagación internacional de enfermedades en formas acordes con y restringido a los riesgos para la salud pública, y que evitan interferencias innecesarias con los viajes y el comercio internacional ". El RSI incluye varias disposiciones que pueden aplicarse a la detección y control de la TBP a bordo de aeronaves, incluida la confidencialidad y los requisitos para la divulgación de información personal, y la notificación u otro informe de dichos casos a la OMS.
  • Las compañías aéreas están obligadas a cumplir con los requisitos aplicables en este RSI y las leyes de los países en los que operan. Es responsabilidad de las aerolíneas estar familiarizadas con las leyes y regulaciones específicas sobre enfermedades contagiosas que se aplican a los pasajeros y bienes en los puntos de entrada para cada país de destino. Del mismo modo, al transportar agentes infecciosos o pasajeros con enfermedades transmisibles, las compañías aéreas deben cumplir con las leyes sobre procedimientos de seguridad y sobre la divulgación de información de pasajeros de cada país al que viajan, así como el  RSI con respecto a dicha información y otros asuntos.

La información y recomendaciones de la guía de la OMS(1) coinciden con la información de un sumario de evidencia de Uptodate(2) , de un documento de consenso de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR)(3) y de un informe técnico del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades(4).

El informe técnico Europeo de  2014 (4) señala que los pacientes con TBP infecciosa confirmada deben evitar el viaje en avión. Si un paciente con TBP infecciosa confirmada precisara un vuelo de manera inevitable, se debe solicitar al paciente que retrase el viaje hasta que haya recibido un mínimo de dos semanas de tratamiento adecuado y con una mejoría clínica. Si no es posible retrasar el viaje durante dos semanas, se debe acordar un protocolo de viaje entre el paciente, la autoridad de salud pública local (equipo de salud pública) y la aerolínea en cuestión. El riesgo de infección de los pasajeros con TBP multiresistente a los fármacos debe evaluarse utilizando las pautas nacionales.

Referencias (4):

  1. Tuberculosis and air travel: Guidelines for prevention and control. World Health Organization. 3rd ed. 2008. [http://www.who.int/tb/publications/2008/WHO_HTM_TB_2008.399_eng.pdf] [Consulta: 04/07/2018]
  2. Mattison M, Lucier, DJ. Assessment of adult patients for air travel.This topic last updated: May 12, 2017. Joann G Elmore (Ed). UpToDate. Waltham, MA: UpToDate Inc. http://www.uptodate.com (Consultado el 3 julio de 2018.)
  3. García Río C. et al. Normativa SEPAR. Patología respiratoria y vuelos en avión. Arch Bronconeumol. 2007;43(2):101-25 [http://www.semae.es/wp-content/uploads/2010/12/Patolog%C3%ADa-respiratoria-y-vuelos-en-avi%C3%B3n.pdf] [Consulta: 04/07/2018]
  4. ECDC Technical report. Risk assessment guidelines for infectious diseases transmitted on aircraft (RAGIDA).Tuberculosis.European Centre for Disease Prevention and Control (ECDC). 2014. [http://ecdc.europa.eu/sites/portal/files/media/en/publications/Publications/tuberculosis-risk-assessment-guidelines-aircraft-May-2014.pdf] [Consulta: 04/07/2018]

Estas referencias son del tipo:

  1. Guías de práctica clínica: 1 referencia
  2. Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
  3. Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
  4. Sumario de evidencia: 1 referencia
  5. Capítulo de libro: 0 referencia
  6. Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
  7. Ensayos clínicos: 0 referencia
  8. Consenso de profesionales: 2 referencias

Pregunta contestada por

Cita recomendada

Banco de Preguntas Preevid. ¿Qué restricciones puede tener un paciente con tuberculosis respiratoria para viajar al extranjero ? Murciasalud, 2018. Disponible en http://www.murciasalud.es/preevid/22440

Advertencia sobre la utilización de las respuestas

Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.

De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.

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