Incluida en el banco de preguntas el 26/04/2010.
Categorías:
Endocrinología,
Salud Infantil
.
La información ofrecida puede no estar actualizada (es posible
que nuevos estudios o publicaciones modifiquen o maticen la respuesta dada).
Health professionals
Servicio Murciano de Salud. Consejería de Salud. Región de Murcia
Empleo de triptorelina en niñas con talla baja.
La pregunta original del usuario era "Paciente: niña de 9 años con talla en el 25 p, sana, padres de estatura media baja.
Intervención: uso de hormonas afines a las gonadotropinas (Triptorelina)para mejorar talla.
Comparar: con no uso de ésta.
Resultado: lograr la mejor talla teniendo en cuenta la genética de los padres."
Un consenso publicado en el 2009, en el que participaron 30 expertos americanos y europeos(1), tras revisar la evidencia, concluye que:
- La eficacia de los análogos de la GnRH en mejorar la talla de adulto tan sólo es indiscutible en la administración precoz , en el caso de niñas que sean menores de 6 años, con un diagnóstico de pubertad precoz central.
- El empleo de GnRH para otras condiciones diferentes de la pubertad precoz central, requiere investigaciones adicionales y no se puede sugerir de forma rutinaria.
- En niños con una talla baja idiopática el empleo de análogos de la GnRH ha sido evaluado en niñas de 8 a 10 años de edad y con un desarrollo puberal normal. En estos casos la ganancia media de talla, comparada con la predicción, ha oscilado, según los estudios, de 0 a 4,2 cm. En estos niños las desventajas de su empleo son retraso de la pubertad y una menor densidad mineral ósea. Ante esto y ante la ausencia de estudios a largo plazo, los expertos concluyen que no se puede sugerir su empleo rutinario.
Posterior a este documento(1) no se ha identificado ningún ensayo clínico controlado realizado para evaluar el efecto de la triptorelina en niñas con talla baja.
La ficha técnica de la agencia española del medicamento(2) contempla como indicación de la triptorelina la pubertad precoz; pero no la talla baja idiopática. Indica que en en las niñas, el tratamiento debe iniciarse antes de los 8 años y, en los niños, antes de los 10 años.
Referencias (2):
-
Carel JC, Eugster EA, Rogol A, Ghizzoni L, Palmert MR; ESPE-LWPES GnRH Analogs
Consensus Conference Group, Antoniazzi F, Berenbaum S, Bourguignon JP, Chrousos
GP, Coste J, Deal S, de Vries L, Foster C, Heger S, Holland J, Jahnukainen K,
Juul A, Kaplowitz P, Lahlou N, Lee MM, Lee P, Merke DP, Neely EK, Oostdijk W, Phillip M, Rosenfield RL, Shulman D, Styne D, Tauber M, Wit JM. Consensus statement on the use of gonadotropin-releasing hormone analogs in children. Pediatrics. 2009 Apr;123(4):e752-62
[DOI 10.1542/peds.2008-1783]
[Consulta: 26/04/2010]
-
Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios(AGEMED). Decapeptyl mensual. Ficha técnica. Enero 2008.
[https://cima.aemps.es/cima/dochtml/ft/58404]
[Consulta: 26/04/2010]
Estas referencias son del tipo:
- Cohortes, casos controles, serie de casos clínicos: 0 referencia
- Sumario de evidencia: 0 referencia
- Información/ material de ayuda para pacientes: 0 referencia
- Capítulo de libro: 0 referencia
- Guías de práctica clínica: 0 referencia
- Consenso de profesionales: 1 referencia
- Metaanálisis y/o revisiones sistemáticas: 0 referencia
- Ensayos clínicos: 0 referencia
- Ficha técnica de medicamento.: 1 referencia
Pregunta contestada por Centro Tecnológico de Información y Documentación Sanitarias
Advertencia sobre la utilización de las respuestas
Las contestaciones a las preguntas formuladas, se elaboran con una finalidad exclusivamente formativa. Lo que se pretende, es contribuir con información al enriquecimiento y actualización del proceso
deliberativo de los profesionales de la Medicina y de la Enfermería. Nunca deberán ser usadas como criterio único o fundamental para el establecimiento de un determinado diagnóstico o la adopción de una pauta terapéutica concreta.
De ningún modo se pretende sustituir, avalar o tutelar la responsabilidad del médico. Esta deriva de sus propias decisiones y sólo por él debe ser asumida, no pudiendo ser compartida por quienes sólo le han informado. La Consejería de Salud y el Servicio Murciano de Salud, rechazan a priori toda responsabilidad respecto de cualquier daño o perjuicio que se pueda imputar a la utilización total o parcial de la información aportada y que fue solicitada previamente por el profesional médico o de enfermería.