Descripción | Puntuación |
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A: méritos académicos | 28,081 |
A1: expediente académico correspondiente al título de licenciado en medicina y cirugía | 8,580 |
A2: grado de licenciado | 0,000 |
A3: doctorado | 12,000 |
A4: por la realización de cursos impartidos u organizados por organismos dependientes de las administraciones que integran el sistema nacional de salud o por la universidad | 1,000 |
A5: por cada ponencia o comunicación sobre materias relativas a la especialidad correspondiente | 2,200 |
A6: por trabajos científicos publicados relativos a materias en la especialidad de que se trate | 3,001 |
A7: por participación en proyectos y becas de investigación | 1,300 |
A8: otros méritos académicos o científicos no valorados en los apartados anteriores | 0,000 |
A9: por cada título de licenciado o de grado que permita el ejercicio de alguna de las profesiones sanitarias tituladas previstas en el artículo 2 de la ley 44/2013 | 0,000 |
A10: por la obtención de un título universitario de máster de los regulados en el rd 1393/2007 | 0,000 |
A61: en revistas no incluidas en repertorios bibliográficos internacionales (sci) | 0,650 |
A62: en revistas incluidas en repertorios bibliográficos internacionales (sci) | 2,051 |
A63: por cada capítulo de libro sobre la especialidad publicado y distribuido por empresas editoriales de ámbito nacional o internacional (isbn) | 0,300 |
A64: por cada libro sobre la especialidad publicado y distribuido por empresas editoriales de ámbito nacional o internacional (isbn) | 0,000 |
B: méritos profesionales | 110,000 |
B1: por cada mes de servicios prestados en cualquier administración pública desempeñando un puesto de trabajo para el que se haya exigido estar en posesión de la especialidad correspondiente al puesto a cubrir | 80,000 |
B2: por haber obtenido el título de la especialidad exigida para el acceso al puesto tras haber superado el periodo completo de formación como m.i.r., f.i.r., b.i.r., p.i.r., o bien un periodo equivalente de formación en centro con programa reconocido para la | 30,000 |
B3: por cada mes de servicios prestados en cualquier administración pública desempeñando un puesto de facultativo o facultativo especialista para el que no se haya exigido estar en posesión de la especialidad correspondiente al puesto a proveer | 0,000 |
B4: por cada 130 horas de trabajo en cualquier centro público realizando guardias en la especialidad correspondiente al puesto a cubrir al amparo de lo previsto en el artículo 54 de la ley 66/1997 o de cualquier otra disposición normativa | 0,000 |
B5: por cada mes completo de servicios prestados en el sector privado en centros concertados con administraciones que dispongan de competencia en materia sanitaria mediante relación laboral y desempeñando las funciones de facultativo especialista en la opción | 0,000 |
B6: ppor haber superado al menos un ejercicio en las últimas pruebas selectivas convocadas por el servicio murciano de salud para la misma opción estatutaria u otra que resulte equivalente, con excepción de las que correspondan a las convocatorias de promoción interna | 0,000 |
B7: por tener la condición de funcionario, contratado laboral fijo o una relación estatutaria de carácter fijo con cualquier administración pública | 0,000 |
B8: por cada mes de servicios prestados en la misma categoría convocada u otra equivalente, mediante una relación laboral en entes, que formando parte sector público-no se integren estrictamente administración pública. | 0,000 |
Puntuación total | 138,081 |
Nota: La información contenida en estas páginas es a título informativo. Las listas oficiales podrán consultarse en el Servicio de Personal del Servicio Murciano de Salud