TIT Sistema de Enfermedades de Declaración Obligatoria (SISEDO)

Sistema de Enfermedades de Declaración Obligatoria (SISEDO)

Sistema de Enfermedades de Declaración Obligatoria (SISEDO)

Características del SISEDO

Su finalidad es proporcionar información de los nuevos casos de una serie de enfermedades transmisibles de interés para la salud pública y de los brotes de cualquier etiología, para la adopción de medidas de control inmediato en caso necesario o bien formular medidas adecuadas de prevención a medio y largo plazo.

El Sistema afecta a todos los médicos en ejercicio en la región (Atención Primaria, Especializada u Hospitalaria, sector público o privado). Así, cuando algún médico diagnostica algún caso de las enfermedades incluidas en el listado de las EDO, está obligado a notificarlo a la Dirección General de Salud Pública.

Sus contenidos y procedimientos están regulados por el Decreto nº 11/1997, de 20 de febrero, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el que se establece la relación de Enfermedades de Declaración Obligatoria. Desde entonces se han efectuado dos modificaciones más: una a través de la Orden de 16 de octubre de 2000 de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se incluye el sarampión como enfermedad de declaración urgente tras la activación del Plan de Eliminación de Sarampión y la segunda a través de la Orden Ministerial de 21 de febrero de 2001, por la que se regula la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, en relación con la declaración de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles Humanas.

Protocolos de vigilancia epidemiológica de las Enfermedades de Declaración Obligatoria