MurciaSalud
Plataforma de igualdad y formación en violencia de género
Actualidad
Constitución del primer Comité de Igualdad en el Área de Salud III
Fecha: 04-12-2024
Fuente: Servicio Murciano de Salud
El II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en el Servicio Murciano de Salud establece dentro de la línea estratégica 6ª: Atención de situaciones de especial protección, promover la creación de comités multidisciplinares de violencia de género e igualdad en las áreas de salud. Esta medida incrementa la integración de la perspectiva de género mediante el fomento de actividades relacionadas con la igualdad y la violencia de género en el marco de los comités de las áreas de salud. El 4 de diciembre de 2024, en el Hospital Rafael Méndez de Lorca, se ha constituido el Comité de Igualdad del Área de Salud III. El citado órgano, de composición paritaria, y presidido por la persona designada por la gerencia como enlace de igualdad, ha quedado constituido por vocales: 6 en representación de la Gerencia del Área III, y otros 6 en representación de las Organizaciones Sindicales presentes en la Junta de Personal, en concreto, CC.OO., CESM, SATSE, UGT, SAE y SPS. El Comité recién constituido abordará la implementación de las medidas de igualdad del II Plan de Igualdad del SMS y, en aras del cumplimiento normativo, se atenderá a lo contenido en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, modificada por la LOIMH (Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres) en la que interpela a que las políticas, estrategias y programas de salud integrarán activamente en sus objetivos y actuaciones el principio de igualdad entre mujeres y hombres, evitando que, por sus diferencias físicas o por los estereotipos sociales asociados, se produzcan discriminaciones entre ellos en los objetivos y actuaciones sanitarias. Así mismo, el artículo 62 de la LOIMH, recoge la obligación de actuar frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, declarar el compromiso de tolerancia cero al acoso sexual y acoso por razón de sexo, instrucción del deber de respetar la dignidad de las personas y su derecho a la intimidad, así como la igualdad de trato entre mujeres y hombres. Todas estas acciones serán objetivos específicos dentro del marco de actuación del Comité de Igualdad del Área de Salud III. Por último, desde el Área de Igualdad - Unidad de Desarrollo Profesional celebramos y felicitamos a la Gerencia del Área de Salud III y en concreto al equipo de personas que van a componer el comité recientemente constituido.
Constitución del primer Comité de Igualdad en la Gerencia del 061
Fecha: 29-11-2024
Fuente: Servicio Murciano de Salud
El II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en el Servicio Murciano de Salud establece dentro de la línea estratégica 6ª: Atención de situaciones de especial protección, promover la creación de comités multidisciplinares de violencia de género e igualdad en las áreas de salud. Esta medida incrementa la integración de la perspectiva de género mediante el fomento de actividades relacionadas con la igualdad y la violencia de género en el marco de los comités de las áreas de salud. El 29 de noviembre de 2024, en la sede de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias 061 de la Región de Murcia, se ha constituido el Comité de Igualdad de la Gerencial del 061. El citado órgano, de composición paritaria, y presidido por la persona designada por la gerencia como enlace de igualdad, ha quedado constituido por 10 vocales: 5 en representación de la Gerencia del 061, y otros 5 en representación de las Organizaciones Sindicales presentes en la Junta de Personal, en concreto, CC.OO., CESM, SATSE, SPS y UGT. El Comité recién constituido abordará la implementación de las medidas de igualdad del II Plan de Igualdad del SMS y, en aras del cumplimiento normativo, se atenderá a lo contenido en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, modificada por la LOIMH (Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres) en la que interpela a que las políticas, estrategias y programas de salud integrarán activamente en sus objetivos y actuaciones el principio de igualdad entre mujeres y hombres, evitando que, por sus diferencias físicas o por los estereotipos sociales asociados, se produzcan discriminaciones entre ellos en los objetivos y actuaciones sanitarias. Así mismo, el artículo 62 de la LOIMH, recoge la obligación de actuar frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, declarar el compromiso de tolerancia cero al acoso sexual y acoso por razón de sexo, instrucción del deber de respetar la dignidad de las personas y su derecho a la intimidad, así como la igualdad de trato entre mujeres y hombres. Todas estas acciones serán objetivos específicos dentro del marco de actuación del Comité de Igualdad de la Gerencia del 061. Por último, desde el Área de Igualdad - Unidad de Desarrollo Profesional celebramos y felicitamos a la Gerencia del 061 y en concreto al equipo de personas que van a componer el comité recientemente constituido.