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Quienes somos

Con el fin de garantizar que los productos biocidas que se ponen a disposición de los usuarios en el mercado español se ajustan a la legislación vigente, y verificar que la comercialización y los tratamientos que se llevan a cabo con los mismos son seguros desde el punto de vista de la salud pública, hace falta establecer un control administrativo sobre las empresas del sector. Este control se realiza en todo el territorio español mediante los Registros de Establecimientos y Servicios Biocidas.

De este modo deberán inscribirse en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma, con carácter previo al inicio de su actividad, los establecimientos y servicios biocidas incluidos en el ámbito de aplicación de la Decreto n.º 154/2009, de 29 de mayo, por el que se desarrollan los requisitos básicos para la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Región de Murcia [BORM 02/06/2009],  su  corrección de errores y la modificación Decreto n.º 118/2012 [BORM 18/09/2012]

Asi mismo, la comercialización y aplicación de biocidas clasificados como muy tóxicos, tóxicos, cancerígenos, mutagénicos y tóxicos para la reproducción, está sometida, en virtud del Real decreto 1054/2002, del 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas, a estar bajo un sistema de control basado en el registro de cada operación, con la correspondiente referencia del lote de fabricación y el número del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas, en un Libro Oficial de Movimiento de Biocidas, que será supervisado por la autoridad sanitaria competente.