TITULO Protección radiológica de los pacientes

Protección radiológica de los pacientes

Protección radiológica de los pacientes

Las radiaciones ionizantes

Se entiende por "radiación" cualquier tipo de energía que, en forma de ondas, se propaga a través del espacio. Si la radiación transporta energía suficiente como para provocar el fenómeno de la ionización en el medio que atraviesa, se la denomina "radiación ionizante"

Tanto las radiaciones ionizantes como los materiales radiactivos, han estado siempre en nuestro entorno, pero no ha sido hasta finales del siglo XIX, cuando el ser humano ha dispuesto de instrumentos para poner en evidencia su presencia.

A las radiaciones ionizantes, bien sean procedentes de los rayos cósmicos, de los materiales radiactivos presenten en la corteza terrestre, en el aire, en los alimentos, etc.., e incluso en la composición del propio organismo (K40, C14), se las conoce como "fondo radiactivo natural".

Pero además de estar expuesto a la radiación natural, el ser humano también lo está a otras fuentes artificiales de radiación. Entre ellas destacan las utilizadas en la industria, la agricultura y la investigación, aunque, por encima de todas con gran diferencia, se encuentran las aplicaciones médicas.

Los Rayos X, los radioisótopos etc. han supuesto enormes beneficios para la humanidad, aunque también han generado determinados riesgos para las personas. De restringir todos estos riesgos se encarga la Radioprotección.

Si se compara la radiación anual debida al fondo natural, que se estima en unos 3,5 miliSievert (mSv), con las de las aplicaciones médicas en los países desarrollados, estas igualan y superan ya esa cantidad. Las dosis de radiación utilizadas en Medicina son muy variadas, así una radiografía de tórax emite alrededor de 0,02 mSv, mientras que una TC de tórax proporciona al paciente una dosis de 8 mSv, que equivale aproximadamente a 2 años de exposición a la radiación natural.

Dentro de las RI utilizadas con fines médicos, la Tomografía Computarizada (TAC o Scanner) es la de mayor impacto en cuanto a dosis de radiación se refiere. Este riesgo se hace especialmente patente en el caso de tejidos radiosensibles (pediatría, mamas, gónadas, tiroides, etc.). De hecho, aunque la TC representa solamente entre el 8 y el 10% de las exploraciones que se realizan en un Servicio de Radiología, sin embargo, la dosis que provoca, supone aproximadamente el 50 % del total dosimétrico del Servicio. El rápido desarrollo de nuevas tecnologías de TC multicorte mas rápidos y precisos, han incrementado espectacularmente su uso y las dosis que proporcionan, siendo prioritario controlar su impacto en los pacientes.

Fuente: CSN, ICRP, UNSCEAR

La protección radiológica del paciente

Es el fundamento de este nuevo proyecto. Tiene como objetivos prevenir la incidencia de efectos "deterministas"-aquellos producidos a partir de una dosis umbral y cuya gravedad depende de la dosis (eritema en la piel o cataratas en los ojos)- y efectos "no deterministas o estocásticos" -que no se producen con seguridad, aunque su probabilidad aumenta en función de la dosis (no existe umbral), y donde cualquier radiación es potencialmente nociva (defectos genéticos o desarrollo de tumores).

Con el propósito de disminuir el riesgo de las radiaciones ionizantes en el ámbito de las actuaciones médicas y con la convicción de que la protección radiológica es un asunto de todos y que debería abarcar un ámbito más amplio y no solo la exclusiva dosimetría del paciente, las acciones de este proyecto se van a orientar hacia 4 grupos de interés diferentes:

  1. Hacia quienes prescriben los estudios radiológicos; profesionales de diferentes especialidades que buscan información y ayuda, a través de la imagen, para resolver un problema clínico. Ellos son los que identifican el problema de salud y los que, en primera instancia, deciden sobre la justificación de una prueba radiológica.
  2. Hacia aquellos otros que reciben la consulta; médicos radiólogos que, una vez valorada la justificación del estudio solicitado, deciden acerca de los términos en los que éste se realiza, o por cual otro se sustituye, en función de las necesidades y condiciones del paciente (optimización). Todo ello previamente a la emisión de un informe radiológico.
  3. Hacia los que se les practican los estudios; los usuarios en general que, en este aspecto y desde una perspectiva profana, asisten pasivamente al proceso de prescripción de una prueba radiológica. No solo no preguntan acerca de su pertinencia sino que, a veces, la propician con una actitud de permisividad y fascinación hacia la tecnología, sin detenerse a pensar en sus efectos adversos asociados.
  4. Y finalmente, hacia las administraciones involucradas, específicamente las sanitarias; a ellas corresponde el amparo institucional, en cualquiera de los sentidos del término.

Líneas de actuación del proyecto

Con médicos prescriptores:

Para orientar a los profesionales hacia el uso racional de la radiología, con el fin de garantizar la protección radiológica de los pacientes:

  • Difundir términos y recomendaciones sobre buenas prácticas. Limitar las exploraciones de bajo rendimiento (aquellas que no suponen cambio sustancial en el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad).
  • Propagar el concepto de Justificación de Pruebas Radiológicas, en el sentido amplio de riesgo-beneficio, así como sus implicaciones médico-legales, al igual que cualquier otra normativa relacionada con el uso de las radiaciones ionizantes.
  • Dar a conocer las consecuencias de los eventos adversos de las radiaciones ionizantes.
  • Proporcionar, mediante herramientas a determinar (historia clínica etc.), los datos de la historia radiológica y dosimétrica de los pacientes.

Con médicos radiólogos:

Aunque pueda resultar paradójico, uno de los ámbitos profesionales en donde se ha venido perdiendo sensibilidad hacia los asuntos de la protección radiológica de los pacientes, ha sido precisamente entre los propios médicos radiólogos. La obtención de imágenes diagnósticas, cada vez más sorprendentes y con mayor utilidad diagnóstica, han hecho que el concepto de optimización haya pasado a un segundo plano, cuando no a un olvido total.

El término médico-legal de optimización, nos recuerda que ante una prueba debidamente justificada, se debe perseguir el propósito diagnóstico aunque con la mínima dosis posible (Optimización ¿ Principio ALARA). Por tanto sería recomendable:

  • Recordar y estimular el cumplimiento de conceptos técnicos y médico-legales para garantizar la protección radiológica de los pacientes, así como la responsabilidad del especialista radiólogo en la aplicación del Real Decreto 815/2001.
  • Animar a la implantación y uso de los protocolos de baja dosis, elaborados conjuntamente con los Servicios de Protección Radiológica.
  • Establecer mecanismos ágiles y fiables que permitan a los radiólogos conocer los resultados de los estudios dosimétricos de sus pacientes, así como la comparación con las dosis de referencia de los organismos internacionales.
  • Introducir en los contratos de gestión y en otros documentos oficiales vinculantes, la protección radiológica de los pacientes como un objetivo institucional.

A los usuarios:

Los usuarios, en el sentido amplio de la palabra, son los receptores finales, tanto de los beneficios de los estudios radiológicos, como de los eventos adversos que de estos se pudiesen derivar.

Su condición de sujetos profanos (en los aspectos de Radioprotección), implica, en no pocas ocasiones, una actitud de inducción hacia el propio médico prescriptor, que desemboca en la realización de estudios no justificados (se estima que esto sucede aproximadamente en el 15% de las solicitudes realizadas desde las Unidades de Urgencia Hospitalaria y desde los Centros de Salud). Por ello, se hace necesario adoptar medidas pedagógicas e incidir en aspectos de educación sanitaria relacionados:

  • Informar a nuestros usuarios, por medio de cualesquiera de los soportes habituales (TV, Póster, Trípticos etc.), acerca de los diferentes procedimientos radiológicos, basados en las radiaciones ionizantes, así como del uso racional y de sus efectos adversos.
  • Incluir en los diferentes consentimientos informados, sobre todo en aquellas exploraciones con mayor dosis radiante, información suplementaria sobre lo que el paciente debe conocer.

Consejería de Sanidad y Servicio Murciano de Salud

Sobre ellos recae la responsabilidad final del estímulo, difusión y financiación de técnicas y procedimientos específicos que comporten unos adecuados resultados en la protección radiológica de los pacientes:

  • Establecer un sistema de registro de los datos en la Región de Murcia y la medida de las dosis reales, que nos permitan conocer el impacto que estas tecnologías suponen en el detrimento de la salud de nuestra Comunidad.
  • Proporcionar equipamiento específico tanto en los aspectos fungibles e inventariables (bandas de bismuto para cuello y mamas), como en tecnológicos (software para control dosimétrico, estándares Dicom, explotación dosimétrica de la información del PACS etc.)
  • Implantar procedimientos administrativos para difundir conceptos, iniciativas y soporte documental relacionado (Contrato de Gestión, etc.) relacionados con la protección radiológica, que deberían estar incluidos en los programas de gestión del riesgo del paciente