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El día 29 de marzo de 2023 se publicó el Decreto 65/2023, por el que se regula el procedimiento y condiciones de acceso a la prestación ortoprotésica
El Decreto establece un nuevo procedimiento para la prestación ortoprotésica que evita cargas administrativas, ya que los pacientes a los que se les prescriba un producto ortoprotésico no deberán iniciar un procedimiento administrativo de reembolso de gastos como hasta ahora, sino que tras la autorización de dicha prescripción podrán dirigirse directamente a un establecimiento sanitario colaborador para la dispensación de su producto, sin necesidad de abonarlo por anticipado.
El 26 de junio de 2023 se pone en marcha el nuevo procedimiento, pasando a ser totalmente electrónico, sin necesidad de usar papel en ninguno de sus pasos: la prescripción del producto ortoprotésico, la autorización previa de la prestación que se comunicará a las personas interesadas mediante un mensaje de texto (sms) en su teléfono móvil, y la dispensación.
Para la dispensación del producto cada paciente podrá elegir libremente un establecimiento colaborador de la relación cuyo enlace se adjuntará al mensaje.
En aquellos casos en que el órgano gestor considere que la prescripción realizada no debe ser autorizada por no ajustarse a los criterios contenidos en el Catálogo ni a protocolos de prescripción en su caso, establecidos para ese tipo de producto, se dictará y notificará al paciente una resolución desfavorable y motivada, a los efectos de que pueda interponer los recursos que en derecho procedan.